Sistema Institucional de Archivos
Como lo establece el artículo 21 de la Ley de Archivos del Estado de Chiapas, el Sistema Institucional es el conjunto de registros, procesos, procedimientos, criterios, estructuras, herramientas y funciones que desarrolla cada sujeto obligado y sustenta la actividad archivística del Estado, conforme a los procesos de gestión documental.
Todos los documentos de archivo en posesión de los sujetos obligados formarán parte del Sistema Institucional; deberán agruparse en expedientes de manera lógica y cronológica, y relacionarse con un mismo asunto, reflejando con exactitud la información contenida en ellos, conforme a las disposiciones que al efecto establezca el Consejo Nacional, el Consejo Estatal y demás normatividad jurídica y administrativa aplicable.
En la Secretaría de Protección Civil e Instituto para la Gestión Integral de Riesgos de Desastres del Estado de Chiapas, conforma su Sistema Institucional, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 22 de la Ley de Archivos del Estado de Chiapas.
¿Quiénes lo integran?
El Sistema Institucional de cada sujeto obligado deberá integrarse por:
- Un área coordinadora de archivos.
- Las áreas operativas siguientes:
- De correspondencia.
- Archivo de trámite, por área o unidad.
- Archivo de concentración.
- Archivo histórico, en su caso, sujeto a la capacidad presupuestal y técnica del sujeto obligado.
Acuerdos del Sistema Institucional de Archivos
Acta de Instalación
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